sábado, 3 de diciembre de 2011

El mal ejemplo

Un dirigente del Partido Popular llamado Carlos Fabra será juzgado por tráfico de influencias, cohecho y varios delitos fiscales de los que está acusado. Así lo ha ordenado el Tribunal Supremo revocando con ello una decisión de la Audiencia de Castellón, que consideró prescritos cuatro de los cinco delitos por un fraude de 1,5 millones de euros.

El próximo Presidente del Gobierno había dicho que el señor Fabra es un "ciudadano ejemplar", pero algunos funcionarios judiciales han destapado ingresos por 3,3 millones de euros sin justificar. Personajes como este y quienes les apoyan son los que no convienen a la convivencia, a la democracia ni al estado de derecho. Ciertamente el señor Fabra no está juzgado y condenado todavía, y ni siquiera sabemos si será condenado, pero es difícil no tener el convencimiento moral de que es una persona despreciable desde el punto de vista político, es decir, que no conviene para que gobierne los asuntos públicos. Alguien que se burla de las instituciones con sus declaraciones, que actúa con arrogancia repetidamente, que ha destinado una enorme cantidad de los caudales públicos para construir un aeropuesto que ahora es usado para recreo de los castellonenses, que está imputado por delitos tan graves y que recibe el apoyo del que será próximamente la máxima autoridad política de la nación, es el peor ejemplo para los demás ciudadanos, para los jóvenes que se están formando, para los trabajadores que reciben sus salarios con el esfuerzo diario y para las personas de toda condición que a buen seguro se escandalizarán de actuaciones como la que aquí comentamos.

O el Tribunal Supremo actúa con diligencia (aunque tenga que respetar los pasos procesales) o se estará dilatando un asunto que -no siendo el único que afecta a España por corrupción- urge aclarar cuanto antes para que el peso de la ley caiga con todo su rigor y garantía sobre quien corresponda, porque pudiera haber más culpables. La mejor manera de que el señor Fabra demuestre su inocencia es siendo juzgado, no como quiso la Audiencia de Castellón (no sabemos si partidariamente) aunque reconoció que el fraude de 1,5 millones de euros existió; otra cosa es que consideró había prescrito el delito. 

Un acusado puede no ser condenado si un delito ha prescrito -lo que ahora el Tribunal Supremo quiere reabrir- pero ello no le exime de la responsabilidad de haber cometido dicho delito, lo que ya es gravísimo y debiera llevar al personaje en cuestión a pedir perdón, devolver el dinero y autoexcluirse "sine die" de toda responsabilidad pública en el futuro.

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